Judiciales

Un bebé nació sin vida y la justicia condenó al anestesista

Un antestesista del hospital de la localidad General Güemes en Salta, fue condenado a la pena de un año de ejecución condicional, por incumplimiento de los deberes de funcionario público, mientras que otros cuatro médicos fueron absueltos en el juicio que se concretó por un hecho ocurrido en junio de 2015, cuando un niño nació sin vida.

El hecho ocurrió el 17 de junio de 2015, cuando Marta Eugenia Braga llegó al hospital de General Güemes, con contracciones y problemas de presión.

La mujer cursaba la semana 38 de su embarazo y tenía los controles médicos realizados en forma normal.

Por falta de anestesista, la paciente fue derivada a Salta, pero en el trayecto sufrió el desprendimiento de la placenta, lo que causó que el bebé naciera sin vida.

Fuentes judiciales informaron que los miembros de la Sala I del Tribunal del Juicio de Salta, Federico Armiñana Dohorman (presidente), Martín Pérez y Javier Aranibar, condenaron hoy a Eduardo Elgidio Villagra a la pena de un año de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el término de dos años.

Los magistrados consideraron al anestesista autor del delito de incumplimiento a los deberes de funcionario público.

En el mismo fallo, Roberto Francisco Farías, que era el ginecólogo de guardia el día en que ocurrió el hecho, fue absuelto lisa y llanamente de los delitos de abandono de persona con grave daño en la salud e incumplimiento de los deberes de funcionario público, en concurso ideal.

Lo mismo sucedió con Marcelo Quiroga, que era el gerente de Atención a las Personas; Jorge Barni García, quien se desempeñaba como gerente general del hospital Joaquín Castellanos; y Alejandro Esteban Cortés Bellomo, que era el jefe de guardia.

Hoy, las partes no hicieron réplicas ni contra réplicas y los acusados no hicieron uso de la posibilidad de decir las últimas palabras, tras lo que los jueces pasaron a deliberar y dieron a conocer el veredicto.

Asimismo, los jueces hicieron lugar a la demanda civil planteada por un monto de $800.000 en contra del condenado.

Por el término de dos años, el profesional deberá fijar domicilio y someterse al control del Programa de Inserción Social y Supervisión de Presos y Liberados, y en caso de incumplir alguna de estas medidas podría dejarse sin efecto la modalidad condicional de cumplimiento de la pena.

Por otra parte, rechazaron la demanda civil instada contra Farías, Cortez Bellomo, Quiroga, Barni García, La Federación Patronal SA y el Estado Provincial.

Fuente
Télam
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