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Piden destitución e inhabilitación del Juez de Villa Regina

Durante la jornada de hoy en la Ciudad Judicial de General Roca se llevó adelante el juicio político al Juez de Garantías de Villa Regina, Federico Dalsasso.

Luego de más de 10 horas de debate el Fiscal General, Fabricio Brogna requirió su destitución e inhabilitación para ocupar cargos en este Poder judicial por considerar que fueron probados hechos que constituyen graves desarreglos de conducta. La sentencia se leerá el 4 de mayo próximo.

“Los hechos han quedado absolutamente acreditados – comenzó diciendo Brogna – por un lado, el del 28 de mayo el sumariado llamó al teléfono de uno de los menores víctimas, lo cual se probó por la prueba pericial de la OITel y por lo declarado por el padre hoy aquí. A ello se suma lo declarado por el niño en Cámara Gesell y por la psicóloga que la analizó y dio cuenta de la verosimilitud en el relato”.

“El primer hecho de haber increpado a un menor de edad, de 10 años en ese momento, desde su teléfono particular ha quedado absolutamente probado”, enfatizó.

Horas más tarde, prosiguió Brogna, en cercanías al Colegio María Auxiliadora “el acusado llamó mediante señas a otro de los menores involucrados en este legajo y la existencia de la charla entre el hombre y el niño fue acreditada por dos testigos”. A ello, agregó, “se suma como prueba una entrevista realizada en un medio radial de Regina, donde el imputado revela el apellido de uno de los menores, le dice mentiroso, habla de los hechos, todos estos son indicios de que su accionar es tal lo denunciado. Es decir, tenemos un hecho que no es propio de un determinado perfil”.

Este juicio – destacó el Fiscal General “tiene que terminar distinto al juicio penal, ya que aquí se juzga la conducta del enjuiciado como magistrado, se busca saber si la misma se corresponde a la de un juez penal”.

En este sentido, el acusador consideró que “se trata de una conducta impropia”. “Lo grave aquí es que actuó en franca ignorancia de los códigos de una persona que tiene un rol fundamental en la sociedad. La materialidad de la acción está acreditada mas allá de toda duda razonable, la conducta es atentatoria de los derechos de los menores y contraria a la pretendida para los magistrados”.

“No cabe duda de que se trató de un acto de violencia contra dos menores, con injerencia en su vida personal, además de señalarlos como mentirosos. La manda constitucional nos dice que cuando existan conflictos de intereses entre los niños, niñas y adolescentes, priman sus derechos, y se debe reconocer estatalmente que han dicho la verdad”, subrayó el fiscal general.

En relación a la sanción que se pretende en torno a la intensidad de los graves desarreglos de conducta “hay que analizar si el sumariado mantiene las condiciones para ser juez”.

“No fue un momento de furia justificado” por la agresión que sufrió su hijo, ya que “el acusado calculó los dos momentos, midió una expresión que los dos menores percibieron como agraviante, mitad sanción mitad advertencia”, describió Brogna.

“Según la versión del sumariado o mintieron los niños o mintió la acusación. O estamos frente una maniobra para sacarlo de su cargo de juez que preparó a los niños para mentir en este proceso, o el acusado mintió y desplegó una perversa y nociva acción para favorecerse a sí mismo. Yo le creo a los niños”, finalizó Brogna antes de requerir la destitución.

Por su parte, el defensor Ricardo Mendaña solicitó la absolución de su asistido considerando que no se pudieron probar durante este proceso los hechos ni el contenido agraviante de las frases que el sumariado le habría dicho a los niños. Para la defensa, no se cuenta en la prueba pericial, en la Cámara Gesell, con ninguna confirmación de que existió realmente la experiencia vivenciada por los menores.

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