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Río Colorado: Violencia de género; imputación y prisión preventiva por desobediencia

La fiscal adjunta de la descentralizada Choele Choel de feria Analía Alvarez formuló cargos a un hombre por dos hechos que constituyen el delito de desobediencia a una orden judicial en flagrancia.

Todo ello de acuerdo a lo normado en los artículos 239, 45 Y 55 Código Penal, la Ley de Protección Integral de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes y de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que se desarrollen sus relaciones interpersonales.

Fueron parte de esta audiencia además la defensora oficial penal Josefina Santos y el Juez de Garantías Guillermo Bradato.

El primero de los hechos ocurrió el 31 de diciembre entre las 19.00 y las 23.30 horas en una vivienda del Barrio Buena Parada de la localidad de Río Colorado. La víctima se encontraba junto a sus hijos cuando se presentó el imputado, manifestándole que quería arreglar las cosas entre ellos, de manera violenta. En el marco de esa situación que contó con la presencia del padre del imputado, una de las hijas de la denunciante logró salir de la vivienda y llamar a la policía desde un teléfono que le proporcionó una vecina. El acusado logró escaparse al advertir la presencia del personal de la Unidad 11.

En tanto que el segundo de los hechos se desarrolló al día siguiente a las 02.00 horas, al momento que la mujer regresaba a su domicilio luego de una cena familiar y habría llamado por teléfono a la Comisaría 11 de Río Colorado solicitando presencia policial; argumentando temor de regresar sola a su vivienda. Al ingresar a la vivienda, el personal constató que el imputado había ingresado a la misma; encontrando varios elementos tirados en el suelo.

De manera inmediata el personal policial recorrió la zona y a unos metros de allí, lograron detenerlo. El imputado incumplió las medidas cautelares vigentes y de las que se encontraba debidamente notificado dispuestas por el Juzgado de Paz de Río Colorado, unos días atrás.

Estas consisten en prohibición de acercamiento a la víctima, de entrada y/o permanencia en el domicilio de la víctima, delimitándose un perímetro de exclusión. Extensiva a ella y su grupo familiar por cualquier medio ya sea realizando llamadas telefónicas, los mensajes de textos, mails, uso de redes sociales, en horario inapropiado o de manera insistente; la persecución, la intimidación, amenazas, vigilancia, entre otros.

La defensora oficial penal Josefina Santos quien asistió al acusado, se opuso a la formulación de cargos y a la medida cautelar solicitada por la fiscalía de prisión preventiva.

La fiscal Alvarez fundamentó la solicitud de dicha medida, atento a los riesgos procesales de entorpecimiento y riesgo de fuga. Manifestó tener «sospechas de que el imputado influirá o realizará cualquier tipo de intento para incidir fundamentalmente sobre la víctima, para que ésta revierta sus dichos o se muestre reticente a colaborar con el presente proceso». Destacó además «la reiteración de hechos en un corto plazo de tiempo, la persistencia en el hostigamiento, intimidación y la forma en que fueron amedrentadas la víctima y las niñas».

El Juez de Garantías Guillermo Bradato dió por formulados los cargos por ambos hechos descriptos, conforme la calificación jurídica impuesta por el Ministerio Público Fiscal, otorgando a las partes cuatro meses para desarrollar sus respectivas teorías del caso.

Impuso además cuarenta días de prisión preventiva, atento a los riesgos procesales vigentes.

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