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Quedó libre uno de los acusados del crimen de Jani Do Campo

Esta mañana fue el turno de los alegatos en el debate oral y público por el homicidio de Juan Manuel Do Campo, ocurrido en agosto pasado en la localidad de Río Colorado.

El fiscal jefe Andrés Nelli y el fiscal del caso de la descentralizada de Choele Choel, Daniel Zornitta, expusieron que “para P.F.R, uno de los acusados, corresponde declararlo culpable de homicidio por alevosía (Art. 80 inc. 2do del Código Penal), mientras que la pena es de prisión perpetua”.

“De acuerdo a la prueba tanto de la etapa preliminar y como de los testimonios escuchados en el debate, la víctima no provocó el ataque. Ambos imputados agredieron a Do Campo y no al revés, sin embargo fue P.F.R quien produjo la muerte de la víctima. Tuvo la oportunidad de desistir y no lo hizo. Existió una pelea a mano limpia entre J.H.R, uno de los hermanos imputados, luego de que le pidiera a Do Campo un cigarrillo y se cruzaran con algunas agresiones verbales después de un chiste respecto de las sobrinas de la víctima”.

Nelli continuó diciendo que “la fiscalía probó que fue P.F.R quien mató a Jani con un elemento cortopunzante, de 17 puñaladas. Los imputados provocaron la pelea que se incrementó hasta dar muerte”.

Respecto de J.H.R “no hay elementos suficientes de cargo para realizarle un reproche punitivo de homicidio. J.H.R intentó detener a P.F.R en el ataque, tal como declararon los testigos”, explicó el fiscal jefe.

“Aquí dijo una testigo, que vio a P.F.R levantar el asiento de su moto y sacar algo, que luego observó siempre en la oscuridad que daba como puntazos. Finalmente, observó caer a la víctima y se retiraron las cuatro personas en el taxi, dejando la moto tirada. En el vehículo, P.F.R le dice a J.H.R ‘mirá lo que me hiciste hacer’ y J.H.R le responde ‘Yo no te hice hacer nada’. Así podemos asegurar que la intención de J.H.R era pegar no matar”, refirió Nelli.

“El certificado de defunción indica que Do Campo falleció por ‘shock hemorrágico debido a heridas de arma blanca en el tórax, muerte violenta calificada como homicidio’, sumamos a esto la declaración de la dueña del local y de la amiga de Jani que le hizo RCP, ambas referenciaron haber visto varias puñaladas y no sólo una”, agregó el representante del Ministerio Público Fiscal.

A su vez el Laboratorio Regional de Genética Forense realizó “el análisis del elemento punzante que secuestró el Gabinete de Criminalística y presenta un perfil genético compatible con el de Do Campo y las prendas secuestradas dan con el perfil de quien provocó la muerte”, señaló el fiscal jefe.

Respecto de la alevosía, “ésta es sinónimo de traición, es actuar sobre seguro. El agravante es cometer el homicidio a traición sobre seguro, que significa no tener riesgo para sí mismo. Do Campo se estaba peleando mano a mano con uno de los hermanos y el otro se mete, agarra el arma secuestrada y apuñala a la víctima. La nocturnidad es utilizada para actuar sobre seguro y P.F.R aprovecha la circunstancia de que Do Campo estaba peleando con J.H.R. Allí está la alevosía. Se suma que la agresión es realizada cuando la víctima estaba desprevenida, uno de los testigos señala que el fallecido estaba en el piso y que le pegaban patadas y piñas”, explicó Nelli.

Zornitta por su parte solicitó que la prisión preventiva de P.F.R continúe hasta que la sentencia se encuentre firme y sea cumplida en un centro de detención. “No como viene siendo hasta ahora que está controlada por pulsera y en su domicilio, ya que las condiciones de hecho por las que se ha dictado oportunamente la medida cautelar no han cesado”, mencionó el fiscal del caso.

Por su parte, los defensores públicos penales Luis Carrera y Josefina Santos que representan a P.F.R, sostuvieron que la calificación legal que le cabe a su pupilo es “homicidio en exceso de la legítima defensa”, según los artículos 79, 34 inc. 6 y 35.

“La fiscalía tiene una versión tergiversada de los hechos. No hubo sorpresa ni alevosía, entendemos que su teoría del caso empieza por el final y no por el comienzo. Si esto tuviera un título sería: ‘Noche de excesos’”, explicó Carrera.

“Hay que mencionar las condiciones del lugar donde esto ocurrió. Es un bar situado a las afueras de la ciudad, sin controles, sin seguridad, que se encuentra detrás de una vivienda, donde el patrón era la venta excesiva de bebidas alcohólicas y de amplios contrastes sociales. La Organización Mundial de la Salud dice que este tipo de lugares son propensos a peleas entre extraños y en forma espontánea”, expuso el defensor oficial.

“Nuestro defendido no provocó ni insultó a nadie. Si es cierto que había bebido mucho, esto lo dice una de las testigos. Y también que cuando llegaron al lugar se le notaba que estaba bebido y que allí continuaron tomando. Sin duda el alcohol influyó mucho”, mencionó Carrera.

Así mismo, “cuando terminó la noche P.F.R se dirigió a su moto con intensión de irse a su domicilio. No había tenido ningún incidente ni siquiera un cruce de palabras, quien sí había tenido eso era su hermano”.

“De acuerdo a una testigo fue la propia víctima quien tenía intensiones de pelear. Cómo uno de los imputados ya estaba en el taxi, la víctima vio a nuestro defendido en la moto, y de forma repentina y sorpresiva se fue hacia él. Cuestión que lo toma por sorpresa, tanto Do Campo como quien lo acompañaba se pusieron uno delante del ciclomotor y el otro detrás, y lo golpearon”, explicitó el defensor penal.

Finalmente, comentó Carrera “no olvidemos que la víctima era una persona de gran porte, P.F.R es menudo, más pequeño que su hermano. De repente se encontró con dos desconocidos y se asustó. Y sí es cierto que se excede en su defensa pero fue ante una agresión sorpresiva y porque temió por su vida, por su integridad. Tiró al revoleo puntazos, incluso, como dice el certificado médico, su hermano sufrió una herida”.

Oscar Mutchinick y Ricardo Stadler, defensores oficiales de J.H.R, dijeron que “la fiscalía de forma responsable ha retirado la acusación contra nuestro pupilo y corresponde el dictado de su declaración de inocencia y su inmediata libertad”.

El Tribunal presidido por Daniel Tobares, acompañado de Alejandro Pellizón y Gastón Martín dará a conocer la sentencia el próximo lunes a las 12 y resolverá acerca de la preventiva. Así mismo declararon la inocencia de uno de los imputados, tal lo solicitado por la defensa pública. (Ministerio Público – II Circunscripción Judicial)

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