Argentina

DNU de Javier Milei: Documentos imprescindibles para circular en auto

El reciente Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) emitido por el presidente Javier Milei ha provocado incertidumbre en cuanto a los documentos esenciales para circular en automóvil.

Ante la confusión generada por este anuncio que propone 300 modificaciones y derogaciones en diversas leyes, se han aclarado los documentos obligatorios que deben portar los conductores al transitar por las calles.

Inicialmente, se interpretó que la Verificación Técnica Vehicular (VTV) y el seguro automotor ya no serían requeridos. No obstante, desde la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) se ha detallado con claridad cuáles son los documentos indispensables que deben poseer los conductores al circular.

El Decreto 70/2023, publicado en el Boletín Oficial, en su artículo Nº361, modifica el Decreto/Ley 6582/1958 del Registro de Propiedad Automotor, pero no aborda la Ley Nacional de Tránsito (24.449). Es precisamente en esta última donde la VTV y el seguro continúan siendo obligatorios, manteniendo su necesidad para circular tras la emisión del DNU.

Por ende, los documentos esenciales para circular en automóvil son los siguientes:

  1. Licencia Nacional de Conducir.
  2. Cédula verde o azul.
  3. Comprobante de seguro vigente.
  4. Comprobante de pago del impuesto a la radicación del vehículo.
  5. Documento Nacional de Identidad (DNI).
  6. Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV).
  7. Chapas patente visibles, sin alteraciones y en buen estado.
  8. Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.

El DNU establece que no es necesario mantener actualizados la VTV y el comprobante de póliza de seguro, aunque su carencia podría resultar en una multa, sin ser motivo para retener el vehículo.

Además, el decreto introduce cambios en cuanto a las multas y la patente necesaria para la transferencia de un automóvil. Elimina la obligación del libre deuda para inscribir o transferir un vehículo, indicando que la existencia de deudas regulares por multas o patentes no impedirá la inscripción o transferencia de vehículos en el Registro.

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