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Registro de empresas de tratamiento en el marco del Plan de Trabajo para la exportación de manzanas y peras de Argentina a México con tratamiento de frio en origen (TFO)

Senasa recuerda el procedimiento para las empresas interesadas en participar del Plan de Trabajo para la exportación de manzanas y peras de Argentina a México con tratamiento cuarentenario de frío en origen.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) recuerda a las empresas interesadas en participar del Plan de Trabajo para la exportación de manzanas y peras de Argentina a México con tratamiento cuarentenario de frío en origen (TFO) que deben realizar las habilitaciones de las cámaras de tratamiento y presentar la siguiente documentación:

-Formulario TFAr-01 de cada una de las cámaras de TFO solicitadas.

-Nota de solicitud de habilitación de cámaras de tratamiento de la empresa presentada en el Senasa.

-Croquis con identificación de las cámaras de frío.

-Capacidad cúbica y capacidad aproximada en tipos de envases (bins-cajas) pasibles de ser tratados.

-Documentación referente al modelo y tipo de equipos gráficos para el monitoreo de temperaturas, incluyendo el número y tipo de sensores, y el certificado de calibración del sistema de registro.

-Flujograma del movimiento de la fruta desde el ingreso al establecimiento hasta su despacho (dock de cargas).

-Detalle de stock de mercadería sometida a tratamiento de frío, en un archivo formato Excel detallando especie, variedad, código de UP y sello clave del galpón de empaque que las procesó (en el archivo adjunto).

-Detalle en planilla Excel de la Razón Social de la Empresa de Tratamiento; N° de Establecimiento Frigorífico; Nº de Cámara; Código de Cámara TFO asignado; Códigos de Empaque de la mercadería procesada y la/s Exportadoras.

-Certificado de calibración del termómetro patrón con su correspondiente certificado emitido por el INTI.

Importante: al momento de presentar la documentación del stock de la mercadería a tratar es importante discriminar los totales en función de la unidad productiva (UP), variedad, código de Establecimiento de empaque en el que se procesó (códigos de empaques asociados a la cámara de TFO) y dejar detallado nombre de la exportadora y domicilio. Se adjunta la planilla Excel que deberá ser enviada a la supervisión a las direcciones electrónicas más abajo detalladas.

Asimismo, una copia de la documentación deberá estar disponible en la empresa al momento de la aprobación de la cámara.

Los documentos firmados y escaneados se deberán remitir a los siguientes correos electrónicos junto con la planilla Excel (DDJJ Stock-Temporada 2022 TFO) que se adjunta:

jesparza@senasa.gob.ar
jlacoste@senasa.gob.ar

Una vez enviada la documentación deberán solicitar los respectivos turnos de habilitación de cámaras al correo electrónico:

fiscalizacionpvpn@senasa.gob.ar

Los documentos adjuntos serán analizados y en el caso de errores y/o falta de documentación se les notificará sobre lo que resta presentar o aclarar, según corresponda.

Los documentos originales deberán ser entregados en un sobre con la carátula:

«Nombre de la razón social.

Documentación para la Habilitación TFO México.»

Esta documentación podrá ser entregada de lunes a viernes, de 9 a 12, en la oficina Senasa más cercana a la empresa:

-Centro Regional Patagonia Norte del Senasa, Lisandro de la Torre 560, General Roca.

-Resguardo Fitosanitario de Villa Regina, Ruta Nacional 22, KM 1127, Villa Regina.

-Resguardo Fitosanitario de Centenario, Ruta 7, KM 14, Centenario.

-Oficina Senasa Choele Choel; Currú Leuvú 23, Río Negro.
Certificación de Cámaras de tratamiento

Durante la certificación de las cámaras de tratamiento:

a) Se calibrarán los equipos de registro de temperatura antes del inicio del tratamiento. Se deberá contar con un termómetro patrón calibrado.

b) En el área de carga las empresas de tratamiento deben tener una malla anti insectos en caso de ser necesario. Los muelles de carga deben cumplir la función de impedir la introducción de plagas de interés cuarentenario y/o oportunistas.

c) La fruta deberá empacarse en cajas limpias y nuevas con el nombre y dirección de la empresa empacadora o de su empresa asociada.

d) Las cajas deben ser identificadas con el código alfanumérico señalado en el plan de trabajo.

Procedimiento de llenado de cámaras:

Tanto para bins como para bultos, las cámaras deberán llenarse dejando espacios necesarios y de tamaño suficiente para permitir el tránsito al momento de la colocación de los sensores de temperatura.

a) Los envases destinados a tratamiento deberán contar con la siguiente información:

b) Independientemente si se llenan con bins o con bulto terminado, las cámaras de tratamiento deberán contar con el Inventario de la fruta y la información necesaria para generar el Formato TFAr-04, identificación de lotes en la cámara de tratamiento (en archivo adjunto)

Apertura de Cámaras:

Solicitud de turnos: las notificaciones al Senasa se realizarán –como tiempo límite- el día anterior a la actividad, lunes a viernes, en el horario de 8 a 16.

La Oficina de Verificación en Origen del Servicio de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de México (OVO) será comunicada para programar sus actividades del día siguiente en la misma franja horaria y días, es decir, lunes a viernes de de 8 a 16.

Las actividades deberán iniciar a la hora, fecha y lugar indicados en la notificación, con una tolerancia de 30 minutos de retraso. Pasado ese tiempo de retraso, profesionales del Senasa y la OVO pospondrán la actividad analizando la disponibilidad de tiempo y personal.

Importante: Movimiento y Resguardo de la fruta tratada en Bins.

Una vez cumplido el tratamiento cuarentenario de la fruta en Bins, se debe evitar cualquier posible contaminación externa. Para lograr esto se deberán tomar las siguientes medidas:

a) Si las cámaras están alejadas del lugar de empaque de la fruta, la misma deberá transportarse en un vehículo cerrado y precintado. Esta actividad será certificada por el Senasa y supervisada de manera aleatoria por la OVO. Se deberá comunicar oportunamente al Senasa para su programación.

b) Si la cámara de tratamiento cuarentenario se encuentra contigua al local de empaque y la fruta debe pasar por sectores abiertos o próximos a fruta en bins no tratada, deberá transportarse cubierta para su protección.

c) Una vez procesada la fruta, las cajas deberán alojarse en cámaras. Si dentro de la cámara hubiera fruta sin tratamiento de frío, ésta deberá mantenerse -por lo menos- a un (1) metro de distancia de la fruta tratada.

Cuando el empacado haya sido sobre fruta tratada en bins, la OVO supervisará el 50% de dichas actividades.

Para evitar demoras e inconvenientes, se comparte el Plan de Trabajo para la Exportación de Manzanas y Peras de Argentina a México con Tratamiento Cuarentenario de Frío en origen (TFO).

En el caso de tener dudas o consultas respecto a los Programas de Exportación, las personas interesadas podrán escribir al correo electrónico jesparza@senasa.gob.ar, evegonzalez@senasa.gob.ar, serodriguez@senasa.gob.ar o llamar al teléfono (0298) 4429181 interno 3743.

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