Medida cautelar por presunta tenencia y distribución de imágenes de abuso sexual infantil
El proceso se encuentra en etapa preparatoria, puesto que no hubo todavía una audiencia de formulación de cargos. Por el momento el legajo es reservado.
En una audiencia realizada hoy, el juez subrogante confirmó todas las medidas cautelares que había definido el juez de garantías natural de la causa en el marco de la investigación fiscal por el presunto delito de tenencia y distribución de imágenes de abuso sexual infantil en Roca.
La audiencia que se realizó hoy fue a pedido del defensor particular del imputado, quien solicitó la modificación de una de las pautas que habían acordado entre la fiscalía y la defensa en la primera audiencia. Puntualmente la defensa pidió que se autorice al imputado a radicarse en otra ciudad, con el compromiso de mantener la prohibición de salida de la localidad y las presentaciones semanales en el organismo fiscal que se disponga.
El juez de garantías que intervino en la primera audiencia fue Julio Martínez Vivot y hoy, en subrogancia por su licencia, lo hizo Gustavo Quelín. Ambos dispusieron que las audiencias fueran reservadas mediante resolución fundada, en consideración de que se trata de un legajo en el que se investigan presuntos delitos contra la integridad sexual de menores de edad.
Por su parte, en la audiencia de hoy, la fiscal jefa subrogante Graciela Echegaray se opuso a la petición de la defensa.
Finalmente el juez de garantías subrogante decidió mantener todas las medidas cautelares definidas en la primera audiencia, sin admitir por el momento ninguna modificación.
Conocida la decisión, la defensa hizo reserva y anticipó que recurrirá la medida ante un juez de mayor grado.
Caución real
Por otra parte, en la audiencia de hoy la defensa entregó al juez el título de un automotor de propiedad del imputado, en cumplimiento de la caución real que había ordenado el juez en la audiencia del pasado martes. La medida implica que el Registro de la Propiedad del Automotor correspondiente dejará asentado que el vehículo está temporalmente sujeto al proceso judicial y que, en consecuencia, no puede ser transferido a ninguna persona mientras esté vigente la medida cautelar.
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