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La Corte Suprema definirá mañana si los jubilados siguen pagando Ganancias

El máximo tribunal fallará este martes sobre la constitucionalidad del impuesto sobre los haberes. Cuáles son las claves a tener en cuenta

Este martes la Corte Suprema decidirá si es constitucional que las jubilaciones sean objeto del pago de impuesto a las Ganancias. El fallo de segunda instancia de un juzgado de Paraná consideró que los haberes no constituyen una ganancia y que como el trabajador retirado ya tributó durante su vida activa, esto significaría una «doble imposición».

Entre todos los casos llegados a la Corte en reclamo del cese de cobro de Ganancias a los haberes, el que eligieron los ministros por consenso fue el de María Isabel García.

García inició su juicio en 2015 en los tribunales federales de Concepción del Uruguay. El Juzgado Federal N°2 de esa ciudad declaró que es inconstitucional que el fisco le cobre Ganancias a su jubilación. Dos años después, el 18 de mayo de 2017, la Cámara Federal de la capital entrerriana rechazó la apelación de la AFIP, que recurrió así a la Corte Suprema.

Según el fallo de segunda instancia, los jueces respaldaron la sentencia del Juzgado Federal 2° que determinó que el organismo tributario deba «cesar en la aplicación del impuesto a las Ganancias sobre el beneficio previsional de la actora» García. Para la justicia entrerriana, la jubilación «no constituye ganancia», por lo que no correspondería retenerle el impuesto. Por eso, obligó al Estado a devolver lo retenido más intereses desde el momento en que se inició el litigio.

Uno de los argumentos centrales para determinar que los haberes no deben ser sujetos impositivos es que existiría, de esa forma, una doble imposición: la jubilada García ya había pagado el impuesto a las Ganancias durante su vida activa. Este alegato aparece replicado en algunos de los cerca de 2000 expedientes que esperan una respuesta de la Corte Suprema.

«Las jubilaciones o pensiones no configuran una gracia o favor del Estado sino que es una deuda de la comunidad hacia el jubilado que prestó servicios para el Estado», opinó la Sala II de la Cámara de la Seguridad Social en el fallo Calderale, otro de los casos que había llegado a la Corte Suprema pero que no será tomado en cuenta para el fallo previsto para este martes.

La ANSES ya expresó en ocasiones anteriores sus razones a favor de la tributación de Ganancias por parte de los haberes. El organismo consideró que el Estado decide qué excepciones puede tener un impuesto a través del Poder Legislativo, y que el alegato de la irracionabilidad de que jubilados paguen Ganancias es relativo, porque solo el 4% (300.000 de los 7 millones) están alcanzados hoy en día.

La entidad previsional, además, sostuvo en apelaciones previas que ya existe un fallo de la Corte que estableció un antecedente sobre esta materia. Y este podría ser uno de los argumentos más fuertes en el pleito: el máximo tribunal ya se pronunció, en 2014, sobre un caso similar, y consideró que es efectivamente el Congreso el que debe agregar o excluir a los haberes de la lista de excepciones de Ganancias.

La Corte Suprema prepara un fallo híbrido, un «punto de equilibrio», según señaló a TN una fuente tribunalicia. No llegaría al extremo de que ningún jubilado quede alcanzado por el impuesto, pero tampoco se rechazaría de plano el planteo.

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