“Sin perjuicio de que una vez que se haya podido verificar de que el poder firmado por ellos en Tartagal cumpla con los recaudos legales necesarios para ello”.
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“Entiendo que las razones que se dan son atendibles para que continúe, no hay impedimento de que el padre de Gualberto y las hermanas del joven formen parte ahora de la acusación privada. No podemos desconocer que en esta causa la designación de querellante fue en tiempo y forma y tal como indica el Artículo 70 del Código de Procedimiento, así fue que llegamos a este juicio”, explicó Giuffrida.
Y agregó que “el fallecimiento del padre de Daniel configura una razón impredecible. Y según señala el código pueden constituirse como querellantes la víctima, que en este caso no la tenemos, sus herederos forzosos, que según mi criterio en primer término es el abuelo y es quien le ha otorgado el poder mencionado por la querella para que sigan siendo querellantes”.
La defensa particular y pública plantearon que hasta la llegada del instrumento legal, es decir el poder suscripto por la familia Solano en Tartagal, el juicio se suspendiera.
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Luego de un cuarto intermedio, los jueces de la ex Cámara Criminal Segunda, presidida por la jueza María Evelina García Balduini, junto a Gastón Martín y Oscar Gatti, decidieron continuar tal como estaba prevista esta jornada, sujeta su validación a lo que resuelva el Tribunal luego de que arribe la versión legal del documento a la Cámara. Fue así que con la presencia de todas las partes y la participación como la venían teniendo hasta este momento, se esperaba la declaración de 7 testigos.

