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Weretilneck declararía mañana la emergencia por los incendios

Durante su visita en Allen, el gobernador Alberto Weretilneck fue consultado sobre el avance de los incendios en la provincia.

Definió el panorama como “optimista” y detalló el plan de acción que piensan aplicar para asistir a los propietarios de los campos afectados.

Según indicó, hoy a la mañana dentro de Río Negro quedaban tres focos activos. Entre ellos, el más complicado es el que se encuentra próximo al “Meridiano V”, cerca del límite con provincia de Buenos Aires.

“Cambió el viento”, afirmó Weretilneck: “estamos teniendo viento sur, el fuego volvería sobre el área quemada (…) si el viento juega como está jugando hoy, al anochecer podemos decir que no hay incendios vivos”.

Dentro de las medidas previstas junto al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, enumeró tres:

la firma de la declaración de emergencia y desastre agropecuario que realizaría mañana,

la compra de forraje para alimentar a los animales y evitar la mortandad,

fondos para colocación de alambrados, aunque restaba definir la modalidad, si por financiamiento o por aportes. (Río Negro)

Dos víctimas fatales en un choque cerca de La Adela por el humo de los incendios

Dos mujeres murieron en un accidente ocurrido este mediodía en el kilómetro 808 de la ruta 22, a la altura de la localidad de Gaviotas (en territorio pampeano), en una zona en la que continúan los incendios. Cortaron la ruta.

El choque fue 50 kilómetros al este de La Adela. Participaron tres vehículos. El vehículo en el que iban las víctimas fatales no pudo ser reconocido (al menos no se difundió su marca y patente), mientras que los otros dos es un camión Scania y un Chevrolet Agile. En este último iban un hombre y un menor de edad que resultaron heridos.

Según informaron desde la secretaría de Seguridad de Villarino (provincia de Buenos Aires), las dos víctimas fatales serían mujeres, aunque ambos cuerpos quedaron calcinados en un automóvil (que tampoco pudo ser identificado), que fue impactado por un camión Scania que transportaba palets.

También se indicó que el conductor del auto y un menor de edad resultaron heridos.

El vehículo menor recorría el trayecto Médanos-La Adela, mientras que el camión lo hacía en sentido contrario. En principio, el conductor del auto vio el humo y quiso volver, aparentemente haciendo un giro en “U”, y fue embestido por el camión.

Si bien las autoridades afirmaron que la visibilidad en el sector era buena, el conductor del vehículo se habría asustado por un foco de incendio que hay en el lugar.

Por el siniestro y los incendios que no cesan, nuevamente hay un corte total de la ruta 22, a la altura del kilómetro 820.

 

 

Foto: Pablo Presti. La Nueva

Fuente: La Brújula 24

Encontraron el cuerpo de Isaias

Alrededor de las 14.30 hs de este lunes, fue rescatado del río el cuerpo sin vida de Isaias Ruiz. El joven de 19 años nadaba junto a un amigo el sábado 31 de diciembre por la tarde.

Se lanzaron a cruzar el río desde la costanera de La Adela, y en la orilla contraria, aledaña al hospital de Río Colorado, en la zona del canal del cause, habría sufrido un calambre, aunque su compañero trató de rescatarlo del agua y pidió ayuda, no pudo impedir que el joven se ahogara.

Desde entonces se lo buscaba, bomberos, policía, un equipo de buzos arribados desde General Pico y vecinos en lanchas y embarcaciones menores. Esta tarde, desde la costa, en una zona habitada sobre la costa, en calle Finocchiaro, unos vecinos divisaron el cuerpo flotando e intervinieron para rescatarlo.

 

Miles de hectáreas consumidas por el fuego en los campos de Río Colorado

Nadie pudo tomarse un respiro en la lucha contra el fuego. Bomberos y vecinos siguen trabajando para combatir los focos que siguen activos.

Empuñan palas, mochilas, llevan agua al hombro. El grupo de bomberos voluntarios, propietarios y vecinos de campos disputan una lucha cuerpo a cuerpo contra las llamas, que no dan tregua y siguen devorando todo lo que se interponen en su camino.

Junto a ellos trabaja personal de la Dirección de Defensa Civil, que aporta además maquinaria.

Pero no dan abasto. Los focos de incendios en los campos de Río Colorado se encuentran totalmente activos y por momentos son incontrolables, por las constates rotaciones de los vientos.

Una tristeza inmensa invade al sector ganadero, que en una primera revisión de los daños, evaluó que se estaría perdiendo entre el 15 y el 20% del stock ganadero del departamento de Pichi Mahuida. “Es una zona de desastre similar o más de lo que fueron los años de sequía”, señaló unos de los ganaderos consultados que reclama una rápida acción de ayuda de los gobiernos provincial y nacional. “No sabemos qué les vamos a dar de comer a los animales, no quedó nada en los campos. Se cae de maduro que los granos subirán los precios y el productor que se vea obligado a desprenderse de sus vacas, recibirá una suma muy por debajo del precio real que tiene el animal hoy”, se lamenta Néstor.

A ese panorama se suma una millonaria pérdida en alambrados, postes perimetrales, instalaciones, maquinarias y viviendas de los campos. Una de las tantas muestras de los daños que se vienen registrando, se dio el fin de semana, junto a la ruta nacional 251, donde las llamas pusieron en riego a una persona y consumió en poco tiempo y por completo a un tractor que estaba siendo utilizado para hacer la limpieza en el campo y evitar así la propagación.

Por si fuera poco, la tormenta eléctrica que se produjo en las últimas 48 horas y que descargó docenas de rayos, fue motivo suficiente para iniciar nuevos incendios que fueron creciendo y tornándose incontenibles por las rotación del viento. “Por momentos parece que ganamos terreno, pero el viento da vuelta y tenemos que volver a empezar, haciendo que todos los esfuerzos hayan sido en vano”, se lamenta otro.

Aun no se brindaron cifras oficiales, pero se calcula que el siniestro consumió más de 100.000 hectáreas forestadas, y mató ganado vacuno y animales autóctonos, además de poner en riesgo a muchas personas.

A medianoche, entre el espeso humo y el calor del fuego, bomberos y ganaderos se tomaron unos minutos para brindar con agua y mucho hielo por el 2017
Reclamo por zonas llenas de pastizales.
Las cuadrillas que buscan que el fuego no avance se han encontrado en reiteradas oportunidades con zonas sucias y llenas de pastizales. Pese a los anuncios de una temporada peligrosa para los incendios, hubo propietarios que no realizaron las tareas correspondientes en las picadas.
La falta de pasturas en los campos, obligará a los dueños de animales, a trasladarlos a lotes donde aun haya pastos. (Río Negro)

Especulan con fuerte aumento desde el inicio de 2017 y piden casi $ 70 por un atado de cigarrillos El atado de cigarrillos rozaría los $ 70

Todavía no fue confirmado por las tabacaleras pero muchos kioscos de la comarca ya lo están cobrando. Los pocos que venden al precio vigente brindan un paquete por persona. Circula por Internet una lista extraoficial con los nuevos precios.

Muchos Kiosqueros aplicaron un aumento de hasta 40% en algunas marcas de cigarrillos pero las tabacaleras salieron a advertir que no corresponde aplicar ajuste alguno. En otros casos como en ocasiones anteriores no venden los productos a la espera de nuevas noticias.

Un portal relacionado con los kioscos aseguró que los cigarrillos de Massalin Particulares aumentarían alrededor del 40%, lo cual llevaría a un atado de 20 unidades a costar casi $ 70, e incluso publicó una supuesta lista “oficial”.
Pero la compañía negó la suba en medio de quejas de consumidores que sufrieron aumentos al ir a los kioscos.

También algunos comerciantes y mayoristas decidieron no reponer la mercadería mientras que advierten que no venderán más de un paquete por persona.

Alun comerciante aseguró a RioColoradoInforma que ya hay una lista, que aún no es oficial, y que incorporaría aumentos de hasta 40% según la marca.

Otros, ante la consulta de si tenían cigarrillos, decían que no les quedaba stock porque no se había hecho el reparto, desde luego segun algunas fuentes pudimos constatar que los guardaron para esperar cuál será su nuevo valor desde el primer día hábil de 2017.

En agosto último las tabacaleras aumentaron 5% promedio los precios de sus cigarrillos, con el objeto de hacer frente a la suba de sus costos.

 

El STJ ratificó el procesamiento a Cufré, Villanova y Hermosa

El Superior Tribunal de Justicia rechazó recurso de queja interpuesto por el defensor de Víctor Ángel Cufré, Jorge José Villanova y Argentino Hermosa, con costas, y confirmó la sentencia la Cámara Segunda en lo Criminal de Bariloche. Así, quedan firmes sus procesamientos en la causa que investiga los asesinatos de Sergio Cárdenas y Nicolás Carrasco.

Cabe recordar que la Cámara resolvió rechazar la apelación planteada por la defensa contra los procesamientos de Cufré, Villanova y Hermosa, como coautores de “homicidio culposo dos hechos-, lesiones leves culposas en diez ocasiones y lesiones graves culposas en tres ocasiones, abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público”, todos concurriendo en forma ideal.

Contra lo decidido, el defensor particular de los nombrados, Sebastián Arrondo, interpuso recurso de casación, que fue rechazado por improcedente lo que motivó la presentación de la queja en examen.

La defensa afirmó en su presentación , que se trata de una sentencia definitiva pues opuso la prescripción de la acción penal para el delito tipificado en el art. 248 del Código Penal acto que extingue el proceso por lo que habilita la instancia, además de considerar que el auto que ataca es importante y visceral para el proceso. Agregó que el pedido de prescripción y su falta de tratamiento resultan sumamente importantes para la defensa del imputado ya que, de haberse resuelto favorablemente, hubiera puesto fin al proceso, y consignó que debe asimilarse sus efectos a una sentencia definitiva. Agregó que la denegatoria del recurso de casación sigue sin dar tratamiento a la prescripción de la acción penal, que pondría fin al proceso, lo que hace necesaria la revisión de la sentencia. En la presentación la defensa efectuó la reserva federal y solicitó se declare mal denegado el recurso de casación y oportunamente se declare la nulidad del procesamiento, haciéndose lugar al pedido de prescripción peticionado.

Fundamentos del fallo
Se ha consignado en la sentencia del STJ :”… la queja no puede prosperar, pues no rebate lo sostenido en la denegatoria del recurso de casación. En efecto, este último solo puede deducirse contra las sentencias definitivas y los autos que pongan fin a la acción o a la pena, o hagan imposible que continúen, o denieguen la extinción, conmutación o suspensión de la pena . Asimismo, se han equiparado a sentencia definitiva ciertas resoluciones que causen un gravamen de insuficiente, imposible o tardía reparación ulterior .En otro párrafo se señala que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha establecido que los pronunciamientos como el aquí recurrido no revisten el carácter de sentencia definitiva, en tanto la consecuencia sea la obligación del imputado de seguir sometido a un proceso penal, pues no ponen fin al procedimiento ni ocasionan un agravio de imposible o insuficiente reparación ulterior.

Se ha destacado además que el STJ se ha inclinado en forma reiterada por la improcedencia del recurso de casación contra el auto de procesamiento). En consecuencia, los recursos dirigidos contra la resolución que, al rechazar la apelación presentada por la defensa, confirma el procesamiento de los imputados, cuyo efecto es la continuidad del proceso en la etapa de instrucción, no pueden habilitar la instancia por ausencia de tal requisito.

De ese modo, la confirmación del procesamiento de los imputados, a cuyo respecto no se ha dictado medida alguna de restricción de la libertad, solo constituye una declaración jurisdiccional de su presunta culpabilidad como autores de los delitos que se les endilgan y, en esos términos, es susceptible de revocación o modificación ulterior, aún de oficio, por lo que no puede equipararse a definitiva, carencia que se constituye en obstáculo insalvable para habilitar el recurso extraordinario de casación. Lo mismo sucede en relación con el planteo referido a la supuesta prescripción de la acción, que la parte podría eventualmente reeditar, si así lo considera pertinente, explicitando las razones y demás circunstancias que le darían sustento, las que, en conformidad con las constancias de este expediente, no se advierten. Finalmente, sin perjuicio de lo alegado por la parte, tampoco se advierte que se haya afectado ninguna garantía constitucional o convencional. A ello se agrega que la intervención de la Cámara en lo Criminal en grado de apelación ha garantizado el doble conforme en relación con lo dispuesto por el Juez de Instrucción .

Oficial: restringen las horas extra en Salud

El Ministerio de Salud oficializó la restricción de las horas extra. Así quedó plasmado en una resolución firmada por Fabián Zgaib. Además, extiende el horario laboral. A partir de ahora, los trabajadores deberán contar el permiso correspondiente para salir del edificio.

La resolución oficial solo hace referencia a la órbita de la sede del Ministerio, no incluye a los Hospitales. Tal como lo adelantó un medio provincial y fue desmentido por el organismo, se pone un techo en las horas extra.

“Teniendo en cuenta la situación económica y financiera por la que atraviesa la Provincia de Río Negro, y econtrándose en plena vigencia la Ley de Emergencia Económica, comunico a Usted que a partir del mes de enero de 2017, se deberá adecuar al mínimo indispensable, las horas extra” dice una parte de la resolución oficial.

 

 

La nota (455/16) está dirigida al departamento de Recursos Humanos, y circunscribe a los trabajadores que se desempeñan en el organismo central. Resta conocer si tendrá alcance a los Hospitales, como lo publicó esta agencia.

Hoy, el periodista Daniel Ferrer publicó la resolución ministerial en su página de Facebook.

Ayer, el Ministerio comunicó una desmentida (a medias) de la información publicada por este portal de noticias.

La nota también expresa que “se establece que la carga horaria que le corresponda cumplir a cada agente deberá realizarse en el horario comprendido entre las 7 y las 16 de lunes a viernes, excepto serenos y actividades especiales”.

“Se deberá implementar el permiso de salidas a los efectos de brindar cobertura de la ART cuando algún agente deba retirarse del edificio”, finaliza la resolución. (ADN)

Recorte del 55% de ingresantes a la carrera de investigador del CONICET

El Consejo Directivo del Centro de Investigaciones en Toxicología Ambiental y Agrobiotecnología (CITAAC), UNCo–CONICET, denuncia la compleja situación desatada por los recortes en Ciencia y Técnica y en particular en la entrada a la Carrera de Investigador del CONICET, donde se recortó el 55 por ciento el número de ingresantes.

Señala que con la llegada del fin de año y los esperados anuncios de ingresos a la Carrera del Investigador, nuevamente la sociedad argentina percibió que el lugar otorgado a la Ciencia y la Tecnología para el desarrollo del país es marginal. El ajuste presupuestario impulsado sobre el sector de Ciencia y Tecnología se reflejó en las últimas semanas en el CONICET, tras el anuncio del recorte del 55% en el número de ingresantes a la Carrera del Investigador Científico.

Agrega el documento que frente a las urgencias económicas que nadie desconoce, se resigna el aporte de un porcentaje ínfimo al presupuesto del sector y se trunca el ingreso a la Carrera del Investigador de numerosos jóvenes que dedicaron afanosamente varios años de sus vidas para capacitarse e incorporarse a trabajar activamente por el desarrollo del conocimiento en nuestro país. Este representa un claro paso hacia el abandono de las metas fijadas en el plan Argentina Innovadora 2020 (AI2020), que se suma a otras señales de alejamiento del camino a una verdadera sustentación tecnológica nacional en todo el plano socio-productivo.

El Consejo Directivo universitario patagònico, puntualiza que este recorte y alejamiento de las metas de Ciencia y Tecnología trazadas previamente, se torna particularmente más grave en aquellas regiones que han sido consideradas prioritarias por su menor capacidad instalada, recursos humanos y alejamiento de los grandes Centros de Investigación. Se abandona también un plan Federal de desarrollo de regiones, en nuestro caso Patagonia Norte, ya que incluso la proporción de ingresos a carrera del investigador ha sido sensiblemente menor respecto a la que venía fijando el Directorio de CONICET como política institucional.

Más que una condena, una proscripción

La medida fue resuelta por un juez contravencional en el proceso iniciado contra la líder de la Tupac Amaru por encabezar el acampe en la plaza Belgrano, de San Salvador de Jujuy. También le aplicaron una multa.

Dos veredictos en menos de veinticuatro horas fueron emitidos por la justicia jujeña para la misma acusada, Milagro Sala, que ayer fue condenada a pagar una multa e “inhabilitada para ser electa en organizaciones sociales y políticas por tres años (sic)”, en un banquillo en el que jamás se hubiera sentado si no condujera la más férrea organización social opositora al gobierno de Gerardo Morales. El martes había recibido una condena a tres años de prisión en el marco del juicio por el escrache de 2009 contra el entonces senador Morales, un hecho del que la dirigente no participó. “Esto es parte de un circo, la resolución es absolutamente antidemocráctica y sólo apunta a seguir criminalizando la protesta”, expresó Sala tras la sentencia. “Es un primer intento de proscripción social que recuerda a la Revolución Libertadora, como no podía ser de otra forma de un empleado de Morales, en sintonía con todos los actos represivos llevados adelante por este gobierno provincial contra la clase trabajadora este año”, Luis Paz, del equipo de abogados de Sala.

La dirigente social afrontó su segundo juicio por una supuesta contravención iniciada a raíz del acampe en la plaza Belgrano de San Salvador de Jujuy, durante casi dos meses, por parte de Tupac Amaru a fines de 2015 y principios de este año. Sala estaba acusada de ocupación del espacio público, alteración del orden y obstrucción del tránsito vehicular y peatonal, un delito contravencional que contempla una pena de entre tres y 10 días de arresto, más una sanción económica. Su defensa pidió la nulidad del proceso y la incompetencia del juzgado de Matías Ustarez Carrillo por considerar que “el juez competente no es un juez, es un empleado del Poder Ejecutivo que conduce Morales y esta acusación persecutoria excede la división de poderes constitucional y el debido proceso”. Durante la audiencia todos los planteos de la defensa fueron rechazados.

En la antesala del veredicto, la líder de la Tupac Amaru sostuvo que “todas las decisiones se tomaron en asamblea, no fueron locuras de Milagro Sala”. Y recordó que antes de la protesta pidieron “dos reuniones” a Morales, quien desestimó las solicitudes. Es que el gobernador ya había acusado a Sala de “tener un ejército de coroneles”, en una demostración de su nula voluntad de diálogo.

La protesta de la Tupac Amaru surgió por un conflicto previo derivado de la necesidad de discutir la continuidad laboral de unos 18 mil cooperativistas. Se desarrolló entre el 15 de diciembre y el 2 de febrero sin que hubiera incidentes, pero Morales no se privó de pedir la presencia de la Gendarmería para prevenir hipotéticos saqueos. Sin embargo, los efectivos no llegaron porque perdieron la vida en un accidente.

En su alegato de ayer, Sala dijo que “tuvimos un fuerte rechazo del gobernador y empezaron a dividir a la red de organizaciones sociales, la cabeza de Milagro Sala representaba 300 mil pesos, bueno, acá está mi cabeza y vengo a dar la cara porque no tengo nada que ocultar”. En sintonía con ello acusó a Morales, de “sentar en el banquillo de los acusados” sólo a los dirigentes de la Tupac, cuando la en la protesta participaron otras organizaciones. “No creo en la justicia jujeña, ya que me tiene hace un año detenida injustamente”, lanzó la dirigente. Sus últimas palabras fueron: “Señor juez lo estoy mirando a los ojos y le juro por la salud de mi familia que le digo la verdad, lo que me tiene sentada acá es injusto como lo es criminalizar la protesta, sino nadie se va a poder expresar contra las injusticias que vive ya sea como desocupado, estatal, policía o penitenciario”.

El fiscal Rodolfo Retamozo había alegado que en el caso de la “ocupación” de plaza Belgrano “no está en juego el derecho a la protesta sino la legitimidad del ejercicio del mismo; el acampe de cincuenta días vulneró los derechos de la población jujeña, no tuvo la racionalidad que requiere la ley, obstruyó la plaza principal y calles importantes, la zona del hospital y la Catedral, fue desproporcionado”. Y pidió como insólita pena, además de una multa de 3780 pesos, la inhabilitación de Sala para ser electa en organizaciones sociales y políticas, como así también la propia inhabilitación de la Tupac Amaru.

En la pequeña sala podían oirse los cantos de apoyo de sus compañeros. Poco antes de escuchar su sentencia, Sala dijo: “Cuando salga en libertad voy a seguir luchando por los que menos tienen, estar en la cárcel no me asusta. He llorado de indignación y bronca por la injusticia que estoy sufriendo, y me he bajoneado pero no voy a bajar los brazos. Simplemente queríamos respuesta para los 18 mil compañeros cooperativistas y hoy no tienen trabajo. Gerardo Morales en la campaña había prometido que iba a pagar 8500 pesos a los cooperativistas y no cumplió, arregló con los dirigentes y hoy las bases tienen hambre, han dejado de mandar a sus hijos a la escuela y no tienen ni para zapatillas”.

Tras el veredicto, la abogada Paula Alvarez Carreras calificó el fallo como un “escándalo y un delirio”, “porque no es potestad de la justicia contravencional solicitar ese tipo de sanción excesiva y desproporcionada; presentamos un recurso de revisión integral porque claramente fue un procedimiento inconstitucional, este juez no tiene la facultad para hacer lo que hizo, se violó el derecho de defensa, no hubo un órgano acusador independiente, y el departamento contravencional depende del Poder Ejecutivo”.

Un fallo con motivos afuera de Tribunales

La Sala I del tribunal decidió que debe investigarse la denuncia que el fiscal Nisman hizo contra Cristina Kirchner y Héctor Timerman por el Memorándum con Irán.

Con un criterio análogo al que aplica un fuerte sector de Comodoro Py en diversas causas contra el kirchnerismo, la sala I de la Cámara Federal de Casación Penal sostuvo que el Memorándum de Entendimiento con Irán pudo ser una fuente o un resultado de delitos. Otra vez, una decisión política respaldada en este caso por el Congreso es blanco de una maquinaria de judicialización. En este expediente en particular tiene como objetivos a Cristina Fernández de Kirchner, al ex canciller Héctor Timerman, al diputado Andrés “Cuervo” Larroque y un grupo de personajes secundarios sin cargos públicos. Los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Ana María Figueroa ordenaron reabrir la denuncia del fiscal fallecido Alberto Nisman contra el gobierno anterior por el supuesto encubrimiento de los iraníes sospechosos del atentado a la AMIA. Aquella presentación había sido cerrada dos veces por inexistencia de delito por el juez federal Daniel Rafecas y por los camaristas Eduardo Freiler y Jorge Ballestero. Los tres fueron apartados en la sentencia de ayer, que les cuestiona que resolvieron de manera “prematura”, “arbitraria” y “parcial”. Los casadores, además, aceptan que la Delegación de Asociaciones Israelitas (DAIA) sea querellante y ordenan que se hagan las medidas pedidas por ella y, en su momento, las que dispuso el fiscal Gerardo Pollicita, que son 45. Las defensas recurrirán a la Corte Suprema y ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Cuando se discutió, semanas atrás, el hecho de que Borinsky y Hornos ocupen en dupla dos salas de la Casación (en una como subrogantes) ya se perfilaba este resultado. Juntos en la sala IV habían avalado que el juez Claudio Bonadio siga adelante con una causa melliza, en la que la ex presidenta y Timerman están acusados de traición a la patria por la firma del Memorándum. Si bien Casación ordenó que se sortee un nuevo juez, es posible que Bonadio pida la causa, como ya lo hizo una vez cuando la DAIA se presentó ante Rafecas con las mismas supuestas “nuevas pruebas” que él ya analizaba, y que están incluidas entre lo que tuvo en cuenta el fallo de ayer: la grabación subrepticia de una conversación entre el ex canciller y el ex titular de la AMIA, Guillermo Borger, en la que el primero le habla de la responsabilidad de Irán en el atentado y le decía que precisamente por eso negociaban con ellos, para que se concretaran las declaraciones indagatorias; la confirmación de la inconstitucionalidad del Memorándum de Entendimiento, resuelta por la misma sala I de la Cámara Federal que rechazó abrir la denuncia de Nisman.

Los tres jueces admitieron a la DAIA como querellante porque consideran que no necesitan ningún poder. La entidad podrá impulsar la investigación a pesar de que el fiscal de Casación, Javier de Luca, desistió. Hornos y Borinsky incluso sostuvieron que los fiscales inferiores podrán impulsar la acción. Figueroa cree que el fiscal de mayor jerarquía en este caso deja obligados a los inferiores a limitarse a controlar la legalidad de los actos.

La denuncia de Nisman daba por hecho que el Memorándum con Irán era un pacto para terminar liberando a los iraníes acusados del atentado a la AMIA. El acuerdo, en rigor, era un mecanismo para lograr que los sospechosos que llevaban largo tiempo con pedido de captura fueran indagados ya que hasta entonces había sido imposible su captura y traslado a la Argentina. El fiscal fallecido, que tiempo antes había escrito loas al gobierno de Cristina Kirchner por su impulso al caso, revirtió su posición. De Luca, Rafecas y la Cámara Federal habían tenido argumentos similares: que no había delito alguno en la denuncia de Nisman que motivara la apertura de una causa penal; que el Memorándum no se aplicó y la Comisión de la Verdad que intervendría en el proceso penal jamás se conformó; pero además cuestionaban la equiparación de la firma de un tratado con un plan criminal ya que sus intenciones no podrían ser delito; a lo que se suma que el respaldo del Congreso lo vuelve comparable a una ley. A la teoría de que todo el objetivo del pacto era levantar las alertas rojas que pesan sobre los iraníes, contraponían que es algo que ejecuta Interpol y que lo hace a pedido del juez del caso, no del Poder Ejecutivo. Con este mismo enfoque analizaron el tema públicamente juristas prestigiosos como León Arslanian, Julio Maier, Raúl Zaffaroni, Ricardo Gil Lavedra y Luis Moreno Ocampo.

Es la política…

Pero es claro que en los tribunales federales hoy la toma de decisiones está dominada por una lógica donde se van alineando los intereses del propio Poder Judicial (bajo las consignas de la Corte Suprema), los medios (en particular Clarín) y el Gobierno. Además, dentro de Comodoro Py, las causas y cierto modo de resolverlas donde cualquier acto de gobierno parece convertirse en un potencial delito, van quedando aglutinadas en un grupo de jueces y en la Sala II de la Cámara Federal, que es la que viene dando todas las directivas para investigar a distintos funcionarios kirchneristas y en especial a CFK, como lo hizo en la causa de lavado contra Lázaro Báez.  Si los camaristas de la Sala I quedan efectivamente apartados en la causa de Nisman, intervendrá la Sala II, liderada por Martín Irurzun, de fluida relación con el presidente supremo Ricardo Lorenzetti.

Así como Bonadio se lanzó a opinar en la causa del dólar futuro sobre los valores de mercado y determinó que era delito una decisión de lo que para las defensas es de política económica, la semana pasada Julián Ercolini al procesar a la ex presidenta se puso a analizar que le parecían inapropiados los criterios de distribución de la obra pública. La sentencia de Casación sigue un esquema similar, en el que mezcla algunos criterios jurídicos y le dice al próximo juez las medidas que tiene que hacer.

La sentencia

Los jueces de Casación hicieron, cada uno, un voto distinto. El que está escrito en los términos más duros es el de Borinsky. Su texto se dedica analizar las decisiones de Rafecas y los camaristas. Les cuestiona, como un dato llamativo, la rapidez. Por ejemplo, destaca las fechas: el 26 de febrero de 2015 el juez Rafecas desestima la denuncia de Nisman, presentada cuatro días antes de su muerte y que había sido impulsada por Gerardo Pollicita el 13 de febrero; luego el 25 de marzo, la Cámara deja firme la decisión. De Luca desiste de avanzar en la Cámara de Casación. Borinsky dice que Rafecas no utiliza la misma vara para analizar los elementos que se le presentan: que no hace lugar a ninguna de las pruebas pedidas por Pollicita pero a la vez admitió una presentación de la ex Procuradora del Tesoro, Angelina Abbona, donde entregaba material que consideraba que podría resultar útil para “sustentar la legitimidad de lo actuado por el Poder Ejecutivo Nacional y los órganos que de él dependen, en relación con el Memorándum” (Abbona fue luego denunciada). Entre otras cosas apuntaba a mostrar que el acuerdo no implicaba el levantamiento de las alertas rojas, algo ratificado por el secretario de Interpol Ronald Noble.

El fallo señala que sostienen que debieron hacerse las medidas de prueba sobre todo, como pedir la declaración de Noble, analizar entradas y salidas del país de los funcionarios de Relaciones Exteriores que entablaron tratativas con Irán, estudiar las registros taquigráficos y fílmicos, del debate en el Congreso, analizar cruces de llamadas; allanamientos a ministerios y viviendas; analizar las visitas a las Casa Rosada en función de las escuchas ofrecidas por Nisman, donde mostraba, por ejemplo, a Luis D’Elía como un activo operador en relación a las tratativas con los iraníes, y a otros personajes,como Fernando Luis Esteche, Jorge Alejandro “Yussuf” Khalil, Andrés Larroque, Héctor Luis Yrimia, y a Allan Héctor Bogado, señalados como si fueran parte de la organización de un plan encubridor de los sospechosos del atentado.

Borinsky argumenta que “una denuncia, al ser uno de los actos que puede dar inicio al proceso penal, no debe necesariamente estar acompañada de toda la prueba que le permita al magistrado obviar la investigación”. Alcanza con que tenga datos básicos sobre el hecho, circunstancias de tiempo lugar, y modo de ejecución, partícipes, damnificados y testigos. Por eso le dice a Rafecas que no es válido su planteo de que existió una “orfandad probatoria”. Según el camarista de Casación, se puede desechar una denuncia pero primero el juez tiene la obligación de investigar y al desestimar “no puede quedar resquicio de duda, discusión jurídica o prueba pendiente de producción y la atipicidad debe surgir palmaria”. La calificación jurídica, dice, podría variar, tampoco está definida. La abogada Graciana Peñafort, que representa a Timerman, cuestiona a la Casación porque “abre una investigación sin definir cuál es la hipótesis delictiva y tampoco define cuáles son los supuestos nuevos hechos a investigar. Es una clásica excursión de pesca. No dice cuál es en principio el delito, sólo que hay que buscar determinadas pruebas”.

Hornos, más que un razonamiento legal, dice que hay que investigar a los hechos que involucran a funcionarios públicos porque es un deber hacia la sociedad, que tiene que recibir –en sus palabras– “una respuesta genuina”. Especifica que el análisis tiene que someterse “al tamiz de la expectativa social”. Dice que es “arbitrario” el análisis que hizo la Cámara sobre las supuestas nuevas pruebas. Y que a su modo de ver tanto la grabación subrepticia como la firmeza de la inconstitucionalidad sí son elementos nuevos. La conversación fue analizada, sostiene “de manera descontextualizada y fragmentada”. Hasta dice que los iraníes sabían del diálogo entre Borger y Timerman sin explicar de dónde. Carga las tintas en investigar una supuesta diplomacia paralela.

Figueroa señala un punto controvertido, que es que la grabación no tiene origen conocido y el juez de instrucción debería verificarlo. También pone sobre la mesa una discusión muy anterior, que es la duda sobre qué sala de Casación debería intervenir y si hay conexidad con el resto del caso AMIA. Pero de todos modos falla igual que sus colegas excepto en lo que atañe al papel que tendrán los fiscales.

Peñafort alerta sobre “el apartamiento de los jueces que intervinieron hasta ahora, cuando sabemos que hay una causa colectora, igual, a cargo de Bonadio, quien ya había pedido la causa. Se viene un fórum shopping de lujo, que no sólo incluirá al juez de primera instancia sino a la alzada, que será la sala II”. Alejandro Rúa, también defensor de Timerman, “vamos a ir a la Corte y la Comisión Interamericana porque se han violado garantías constitucionales: no se puede juzgar a nadie dos veces por lo mismo, y acá la causa estaba cerrada; tampoco puede impulsar la causa solo una querella; y se viola la garantía de juez natural. Por lo pronto dejaron todo listo para que Bonadio haga su carnicería”. (Página 12)