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Río Colorado: Imputan a un hombre por el delito de abigeato

En una reciente decisión de la Fiscalía de la Descentralizada de Río Colorado, se han formalizado cargos contra un individuo por su presunta participación en un caso de abigeato. El suceso, que ha generado consternación en la comunidad local, se remonta al pasado mes de julio, cuando el imputado, en compañía de personas aún sin identificar, habría perpetrado el robo de dos valiosos animales bovinos de raza Aberdeen Angus. Los animales, uno macho sin castrar y la otra hembra de pelaje negro, pesaban aproximadamente 240 kilogramos cada uno, y tras el acto ilícito, dejaron atrás las cabezas y las entrañas de las víctimas, llevándose únicamente la carne ya faenada.

La acusación ha basado su argumento en una serie de pruebas contundentes presentadas ante el tribunal. Entre ellas se destacan la denuncia penal interpuesta por el damnificado, una minuciosa inspección ocular realizada por el personal policial en el lugar de los hechos, el informe emitido por un médico veterinario, el acta de entrega de los elementos utilizados en el delito, un registro detallado de la carne confiscada, el informe del Gabinete de Criminalística y la intervención de la Brigada Rural de Río Colorado, entre otros elementos probatorios.

La defensora penal pública que representa al acusado ha expresado su objeción a la formalización de los cargos, alegando una medida de prueba que consideraba innecesaria para el caso. Sin embargo, el juez de Garantías, sin oposición de la defensa, ha tomado la determinación de imponer una medida cautelar al acusado. Esta medida prohíbe al hombre acercarse a menos de 100 metros respecto del denunciante y su lugar de residencia, así como comunicarse de cualquier forma, ya sea telefónica o a través de redes sociales, tanto directamente como por intermediarios.

Finalmente, luego de escuchar los argumentos de la fiscalía y la defensa, el juez ha decidido formalizar los cargos contra el hombre por el delito de «abigeato», de acuerdo con lo establecido en los Artículos 45 y 167 quater inc. 1° del Código Penal.

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