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Luis FREDES «Ningún menor puede viajar sin la autorización de ambos padres»

La CNRT Obliga a todas las empresas a cumplir con esta LEY.

Luis Fredes titular de la empresa de transporte, en dialogo con Daniel Ferrer en «Las Mañanas de Mi Pueblo», remarco los requisitos para el transporte de menores de edad en las empresas de colectivos.

Las empresas que no cumplan con la ley podrían tener grandes multas, incluso los choferes podrían ser detenidos y asumir una causa penal, si no exigen la documentación correspondiente.

La falta de información de los usuarios de transporte de larga distancia, provoca varios inconvenientes a la hora de tomar un servicio y no cumplir con la ley. Hace unos días un caso tuvo resonancia, en el que una persona intentaba viajar con su hijo, sin la documentación correspondiente.

La resolución de la CNRT obliga a las empresas a exigir a los usuarios que viajen con menores, la correspondiente autorización (de ambos padres) ante un organismo oficial, ya sea policía, escribano, juzgado de paz. Los padres deben autorizar formalmente el viaje.

 

 

 

Si los menores tienen menos de 16 años, no pueden viajar solos, deben estar acompañados por una mayor y debe constar para subir a la unidad, una autorización de ambos padres.

La resolución de la CNRT (Comisión Nacional de Regulación de Transporte) implemento hace mas de un año y con el objetivo de disminuir la vulnerabilidad de los menores como posibles víctimas de redes de trata de personas o intentos de sustracciones, el Ministerio de Transporte de la Nación  y la CNRT implementaron una nueva normativa (Resolución SGT 43/2016 y Resolución CNRT 1025/2016) que regula las autorizaciones de viaje para menores de edad que se trasladen en el transporte interjurisdiccional de pasajeros.

 

Nota Relacionada: Los menores no pueden hacer viajes de larga distancia sin autorización de sus padres

¿Qué establece la nueva regulación?

  • Si el menor tiene menos de 6 años podrá viajar únicamente acompañado por un Representante Legal o Tercero Autorizado.
  • Los menores de entre 6 y 12 años, inclusive, deberán viajar acompañados por un Representante Legal, Tercero Autorizado o utilizando el servicio de Menor no Acompañado que podrán brindar las empresas.
  • Los que tienen entre 13 y 17 años podrán viajar acompañados o solos, contando con las autorizaciones requeridas.

EL VINCULO FILIATORIO SIEMPRE DEBE SER ACREDITADO

¿Cómo se tramitan las autorizaciones de viaje?

Las autorizaciones pueden tramitarse de dos maneras:

  • PRESENCIAL: Se podrán realizar de manera Presencial en las boleterías de las empresas, completando el formulario que existe para tal fin. El formulario puede ser descargado aquí(*).
  • PREVIA: Se podrá realizar la autorización a través de: Escribanos, Juez competente, Autoridad competente del Registro Civil y Capacidad de las Personas, Justicia de Paz y otras Autoridades Administrativas y Judiciales.

(*) Si usted realiza la Autorización en forma presencial no necesita ningún otro tipo de autorización más que el formulario que figura en esta página.

 

 

¿Qué documentación es necesaria para acreditar el vínculo filiatorio?

  • DNI / PASAPORTE  DEL MENOR
  • DNI DEL REPRESENTANTE LEGAL
  • LIBRETA DE MATRIMONIO CON NACIMIENTO ASENTADO O PARTIDA DE NACIMIENTO O ACTA DE NACIMIENTO O TESTIMONIO JUDICIAL DE ADOPCIÓN
  • EL VÍNCULO PODRÁ SER ACREDITADO MEDIANTE EL DNI DEL MENOR, SIEMPRE QUE ÉSTE CONTENGA EL NOMBRE DE SUS REPRESENTANTES LEGALES.
  • SI VIAJA CON UN TERCERO, DNI DE LA PERSONA RESPONSABLE DEL MENOR DURANTE EL VIAJE Y AUTORIZACIÓN CORRESPONDIENTE.

SE DEBE CONTAR CON ORIGINAL Y FOTOCOPIA DE TODA  LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA

Turismo Estudiantil

Para viajes estudiantiles o de egresados serán válidas las autorizaciones solicitadas por las agencias de viajes habilitadas para tal fin.

 

 

 

 

 

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