Judiciales

Imputación por violencia de género

Según la acusación fiscal, los hechos denunciados comenzaron en diciembre del año pasado y continuaron hasta marzo último.

El Ministerio Público Fiscal de Villa Regina solicitó que un hombre de 26 años fuera imputado por varios hechos en el marco de violencia de género, delitos cometidos contra quien es la madre del hijo que tienen en común.

“Sucedieron cuando la joven víctima quiso terminar con la relación que tenían y el hombre en una vivienda de la localidad de Ingeniero Huergo le esgrimió un cuchillo causándole temor a la víctima y diciéndole que la lastimaría y se lastimaría él por no volver a estar juntos”, describió la fiscal del caso.

“A los pocos días, el hombre volvió a buscarla, esta vez además de golpearla y amenazarla con un arma blanca, intentó llevarse al pequeño hijo de ambos”, continuó la fiscalía.

Con el correr de los días, el hoy imputado, también desobedeció la medida cautelar dispuesta en diciembre pasado por el Juzgado de Paz de Huergo que le prohibía acercarse y molestar por cualquier vía a la señora.

En marzo, el hombre volvió a incumplir la medida cautelar, cuando alrededor de las 10 de la noche, en la vía pública hostigó a la joven mujer que estaba con el niño de ambos.

La fiscalía formuló cargos opr cuatro hechos que calificó legalmente como: “amenazas agravadas por el uso de arma blanca”, (Art. 149 bis, 2do párrafo del Código Penal) para el hecho uno. En relación al segundo hecho corresponden los delitos de “lesiones leves agravadas por el vínculo por mediar violencia de género en concurso real con amenazas calificadas (Art. 89, 92 en función del Art. 80 inc. 1 y 1), y “desobediencia a una orden judicial” (Art. 239 del Código Penal) en concurso real para los últimos dos.

El defensor público que asistió al imputado no presentó objeciones a la acusación ni a la solicitud de la prohibición de acercamiento.

De esta manera, el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos tal lo esgrimido por el Ministerio Público Fiscal y resolvió la aplicación de la medida cautelar en el fuero penal que consiste en no acercarse al domicilio, ni a la mujer víctima ni al otro hijo de la señora, como tampoco molestarlos por cualquier tipo de medio, tanto personal como digital, bajo apercibimiento de perder la libertad.

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