COVID-19: Nuevas medidas en Río Colorado, se «Habilitan las reuniones familiares»

Artículo 1º: Ratificar la obligatoriedad del uso de tapabocas en la vía pública, en espacios compartidos y el distanciamiento social de 2 metros.-
Artículo 2°: Ratificar la obligatoriedad de colocación de sanitizantes (alcohol en gel, alcohol diluido o lavandina diluida) en el ingreso a comercios, instituciones, gimnasios, teatros y demás espacios de circulación.-
Artículo 3º: Habilitar las reuniones familiares hasta 10 personas.-
Artículo 4°: Habilitar la apertura de templos, previa presentación y autorización de protocolo de funcionamiento, con una ocupación inferior al 50% de su capacidad.-
Artículo 5°: Habilitar a los teatros locales a realizar ensayos, de acuerdo al protocolo presentado.-
Artículo 6º: Ratificar la prohibición de circulación entre las 0hs y las 6hs.-
Artículo 7°: Suspender las restricciones de ingreso a la localidad.-
Artículo 8º: Esta resolución tendrá vigencia a partir del 12 de noviembre de 2020.-
Artículo 9°: Derogar las resoluciones que se oponen a la presente.-
Artículo 10º: REGISTRAR, publicar, comunicar y elevar copia de la presente a las áreas pertinentes. Cumplido, archivar.-

Las actividades o eventos próximos a habilitarse, deberán presentar el protocolo correspondiente al Comité de Emergencia.