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	<title>recategorización &#8211; Rio Colorado Informa</title>
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	<description>El Sitio digital de las noticias</description>
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	<title>recategorización &#8211; Rio Colorado Informa</title>
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	<item>
		<title>Incertidumbre por la recategorización en el monotributo</title>
		<link>https://riocoloradoinforma.com.ar/incertidumbre-por-la-recategorizacion-en-el-monotributo/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[riocoloradoinforma]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 04 Jul 2024 19:17:47 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Economía]]></category>
		<category><![CDATA[Monotributo]]></category>
		<category><![CDATA[recategorización]]></category>
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					<description><![CDATA[La demora en la promulgación del paquete fiscal y su respectiva reglamentación suma incertidumbre en los monotributistas a quienes se les acorta el plazo para estar en regla con la recategorización que debe realizarse en julio. La norma fija dos recategorizaciones por año: enero y julio de cada período, pero en este 2024 se encuentra &#8230;]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La demora en la promulgación del paquete fiscal y su respectiva reglamentación suma incertidumbre en los monotributistas a quienes se les acorta el plazo para estar en regla con la recategorización que debe realizarse en julio.</p>
<p>La norma fija dos recategorizaciones por año: enero y julio de cada período, pero en este 2024 se encuentra condicionado por los cambios aprobados en el Congreso Nacional.</p>
<p>El plazo establecido para este mes de julio va del 1° al 20, pero al haber cambiado las escalas y aún no estar en vigencia, los contribuyentes no pueden realizar el trámite con certeza.</p>
<p>Desde el Gobierno adelantaron que la promulgación de las leyes se concretaría la semana próxima y luego se conocería la reglamentación. De allí que el plazo para la ejecución del trámite se restringiría a la mitad del tiempo habitual.</p>
<p>Desde la AFIP reconocen el problema y la intención sería junto a los anuncios de vigencia y reglamentación comunicar el nuevo plazo para confirmar la inscripción.</p>
<p><strong>Las nuevas escalas son:</strong></p>
<p>Categoría A: pasa de $ 2.108.288,01 a $6.450.000: alza de  206%</p>
<p>Categoría B: pasa de $ 3.133.941,63 a $9.450.000:  202%</p>
<p>Categoría C: pasa de $ 4.387.518,23 a $13.250.000: 202%</p>
<p>Categoría D: pasa de $ 5.449.094,55 a $16.450.000. 202%</p>
<p>Categoría E: pasa de $ 6.416.528,72 a $19.350.000: 202%</p>
<p>Categoría F: pasa de $ 8.020.660,90 a $24.250.000:  202%</p>
<p>Categoría G: pasa de$ 9.624.793,05 a $29.000.000: 201%</p>
<p>Categoría H: pasa de$ 11.916.410,45 a $44.000.000: 269%</p>
<p>Categoría I: pasa de $ 13.337.213,22 a $49.250.000: 269%</p>
<p>Categoría J: pasa de $ 15.285.088,04 a $56.400.000: 269%</p>
<p>Categoría K: pasa de $16.957.968,71 a $68.000.000: 301%.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Monotributo 2023: hasta cuándo hay tiempo de recategorizarse y quiénes deben realizar el trámite</title>
		<link>https://riocoloradoinforma.com.ar/monotributo-2023-hasta-cuando-hay-tiempo-de-recategorizarse-y-quienes-deben-realizar-el-tramite/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[riocoloradoinforma]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 10 Jul 2023 23:00:49 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Argentina]]></category>
		<category><![CDATA[Últimas Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[AFIP]]></category>
		<category><![CDATA[Monotributo]]></category>
		<category><![CDATA[recategorización]]></category>
		<category><![CDATA[recategorizarse]]></category>
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					<description><![CDATA[A raíz del incremento del 41% en las escalas del Régimen Simplificado que dispuso el Gobierno desde julio, los contribuyentes que estén adheridos a este esquema y cuyos ingresos excedan o sean inferiores a los límites establecidos para la categoría en la que se encuentren inscriptos deberán efectuar una recategorización. El período para recategorizarse se &#8230;]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>A raíz del incremento del 41% en las escalas del Régimen Simplificado que dispuso el Gobierno desde julio, los contribuyentes que estén adheridos a este esquema y cuyos ingresos excedan o sean inferiores a los límites establecidos para la categoría en la que se encuentren inscriptos deberán efectuar una recategorización.</p>
<p>El período para recategorizarse se encuentra en marcha desde el pasado 1 de julio y se extiende hasta el próximo jueves 20 de dicho mes.</p>
<p>Aquellos monotributistas que se mantengan en la misma categoría no deberán realizar ningún procedimiento, de la misma manera que los que se hayan adherido al régimen en un plazo menor a seis meses.</p>
<div class="itemFullText">
<p>Para evaluar la categoría en la que corresponde estar dentro del monotributo, los parámetros a tener en cuenta en relación a los últimos 12 meses:</p>
<ul>
<li>Los ingresos brutos acumulados.</li>
<li>La energía eléctrica consumida.</li>
<li>Los alquileres devengados y/o la superficie afectada a la actividad.</li>
<li>Luego, se debe cotejar estos valores con la tabla de categorías del monotributo vigente para saber cuál le corresponde al contribuyente.</li>
</ul>
<h2><strong>Cómo realizo la recategorización del monotributo</strong></h2>
<ul>
<li>Ingresar a Monotributo | AFIP con CUIL/CUIT/CDI y Clave Fiscal.</li>
<li>Seleccionar la opción «Recategorización».</li>
<li>Allí, el sistema mostrará la categoría vigente y los topes máximos.</li>
<li>Seleccionar la opción «Continuar recategorización».</li>
<li>Informar el monto facturado en los últimos 12 meses.</li>
<li>Ingresar los datos correspondientes a la actividad personal, según solicite el sistema, para determinar la nueva categoría.</li>
<li>El sistema mostrará la categoría correspondiente. Verificar la información brindada.</li>
<li>Si los datos son correctos, deberás hacer clic en «Confirmar Categoría». Por último, el sistema te informará si la modificación se realizó de forma correcta y podrás imprimir tu credencial.</li>
</ul>
<h2>Monotributo: cuáles son los topes máximos de las categorías</h2>
<p>Con la nueva actualización de las escalas, <strong>los topes máximos de las distintas categorías en base a los ingresos brutos a partir del 1 de julio de 2023 son:</strong></p>
<ul>
<li>Categoría A &#8211; Ingresos brutos anuales: $ 1.414.762,58</li>
<li>Categoría B &#8211; Ingresos brutos anuales: $ 2.103.025,45</li>
<li>Categoría C &#8211; Ingresos brutos anuales: $ 2.944.235,60</li>
<li>Categoría D &#8211; Ingresos brutos anuales: $ 3.656.604,33</li>
<li>Categoría E &#8211; Ingresos brutos anuales: $ 4.305.799,15</li>
<li>Categoría F &#8211; Ingresos brutos anuales: $ 5.382.248,94</li>
<li>Categoría G &#8211; Ingresos brutos anuales: $ 6.458.698,7</li>
<li>Categoría H &#8211; Ingresos brutos anuales: $ 7.996.484,12</li>
<li>Categoría I &#8211; Ingresos brutos anuales: $ 8.949.911,06</li>
<li>Categoría J &#8211; Ingresos brutos anuales: $ 10.257.028,68</li>
<li>Categoría K &#8211; Ingresos brutos anuales: $ 11.379.612,01</li>
</ul>
</div>
<div class="clr"></div>
<div class="clr"></div>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Recategorización del monotributo: ¿Qué pasa si no hiciste?</title>
		<link>https://riocoloradoinforma.com.ar/recategorizacion-del-monotributo-que-pasa-si-no-hiciste/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[riocoloradoinforma]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 20 Aug 2021 10:20:54 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Argentina]]></category>
		<category><![CDATA[Monotributo]]></category>
		<category><![CDATA[recategorización]]></category>
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					<description><![CDATA[Si AFIP detecta que el contribuyente no cumplió con tiempo y forma, se hará el cambio de oficio, se deberá abonar los nuevos montos y serán sancionados con una multa del 50% del impuesto integrado y el componente previsional que les hubiera correspondido pagar. Solo aquellos que permanezcan a la misma categoría o no hayan &#8230;]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Si AFIP detecta que el contribuyente no cumplió con tiempo y forma, se hará el cambio de oficio, se deberá abonar los nuevos montos y serán sancionados con una multa del 50% del impuesto integrado y el componente previsional que les hubiera correspondido pagar.</p>
<p>Solo aquellos que permanezcan a la misma categoría o no hayan desarrollado sus actividades cómo mínimo durante un cuatrimestre calendario completo, en el caso de inicio de actividades, no estuvieron obligado a recategorizarse.</p>
<h1>¿Cuáles son las nuevas escalas del monotributo?</h1>
<p>El monto de las categorías fue actualizado de acuerdo a la variación del haber mínimo garantizado. Así, desde el 1 de julio y hasta el 31 de enero de 2022, las escalas serán:</p>
<ul>
<li>Categoría A: el límite de facturación anual pasa a $370.000</li>
<li>Categoría B: el tope quedó en $550.000</li>
<li>Categoría C: la facturación sube a $770.000</li>
<li>Categoría D: el monto máximo se ubica en $1.060.000</li>
<li>Categoría E: el límite máximo llega a $1.400.000</li>
<li>Categoría F: el tope de facturación queda en $1.750.000</li>
<li>Categoría G: el máximo aumenta a $2.100.000</li>
<li>Categoría H: es la más alta para quienes venden servicios y el techo de facturación será de $2.600.000</li>
<li>Categoría I: el máximo aumenta a $2.910.000</li>
<li>Categoría J: el tope alcanza $3.335.000</li>
<li>Categoría K: el máximo se incrementa hasta $3.700.000</li>
</ul>
<h1>¿Qué fechas hay que tener en cuenta?</h1>
<p>Desde el viernes 6 de agosto se inició el plazo para adherir a la moratoria dispuesta por la AFIP e incluida en la ley de alivio fiscal.</p>
<p>En tanto estará disponible hasta el 30 de septiembre y es para obligaciones vencidas al el 30 de junio de 2021, las que podrán saldarse sin intereses ni multas. El plan contempla el pago en hasta 60 cuotas con una tasa de interés máxima de 1,5%.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Con nuevas escalas, AFIP da tiempo hasta el 20 de enero para recategorizarse en el monotributo</title>
		<link>https://riocoloradoinforma.com.ar/con-nuevas-escalas-afip-da-tiempo-hasta-el-20-de-enero-para-recategorizarse-en-el-monotributo/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[riocoloradoinforma]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Jan 2020 02:33:32 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Economía]]></category>
		<category><![CDATA[Monotributo]]></category>
		<category><![CDATA[recategorización]]></category>
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					<description><![CDATA[Desde su sitio web, el organismo recordó los nuevos montos y en qué casos hay que modificar la categoría.
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Los contribuyentes que se encuentran inscritos en el régimen simplificado del monotributo tienen plazo hasta el lunes 20 de enero para recategorizarse en base a las nuevas escalas -que subieron un 51%- siempre que hayan tenido modificaciones en sus montos de facturación durante los últimos doce meses.</p>
<p>De acuerdo con lo que informó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), las modificaciones deben hacerse mediante la página del ente recaudador fiscal.</p>
<p>La recategorización procede «si en los últimos 12 meses se registraron cambios en el desarrollo de la actividad, como por ejemplo, aumento o disminución de los ingresos, de los gastos de electricidad o alquiler, se deberá recategorizar», indica el organismo desde su sitio web.</p>
<p>«Por el contrario, si no se registraron cambios en ninguno de los aspectos del desarrollo de la actividad, no se deberá hacer ningún trámite y se da por entendido que corresponde seguir en la misma categoría», advierte.</p>
<p>También, a partir de enero, la cuota mensual también sube 51%. Así, la escala más baja, la A, pasa de abonarse $1294 a 1955, por mes.La categoría B ahora costará $2.186, por la C habrá que pagar $2.457, y por la D $2.877.</p>
<p>A continuación, el detalle del pago mensual del monotributo, escala por escala</p>
<p>El detalle de los aumentos en los montos anuales facturados:<br />
&#8211; A $ 208.739,25</p>
<p>&#8211; B $ 313.108,87</p>
<p>&#8211; C $ 417.478,51</p>
<p>&#8211; D $ 626.217,78</p>
<p>&#8211; E $ 834.957,00</p>
<p>&#8211; F $ 1.043.696,27</p>
<p>&#8211; G $ 1.252.435,53</p>
<p>&#8211; H $ 1.739.493,79</p>
<p>&#8211; I $ 2.043.905,21</p>
<p>&#8211; J $ 2.348.316,62</p>
<p>&#8211; K $ 2.609.240,69</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
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