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Macri nombró 2 jueces a dedo.

Sin convocar al Senado y por decreto. Antes sucedió 2 veces y en gobiernos de facto.

Macri designó a los doctores Carlos Fernando Rosenkrantz y Horacio Daniel Rosatti como nuevos integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en comisión, amparándose en el Artículo 99, Inciso 19 de la Constitución Nacional, que lo faculta si el Senado está en receso, situación que se resolvía llamando a una extraordinaria.

Juristas aliados y críticos, políticos justicialistas y radicales indicaron que es un caso grave, teniendo en cuenta que ocuparán lugares en la Suprema Corte de la Nación, y podrán emitir fallos.

Salvo Bartolomé Mitre (jefe indiscutido del Partido Unitario), ningún presidente constitucional argentino, osó nombrar integrantes del máximo Tribunal de Justicia de la Nación, por Decreto. Esta metodología de designación (por Decreto y sin participación parlamentaria) -por cuestiones obvias- estaba reservada a las Dictaduras que periódicamente asolaron la Patria.

Si bien es cierto, que el nombramiento de los dos nuevos cortesanos encuentra anclaje constitucional, es ilegal porque contraviene el Decreto 222/03 con que Néstor Kirchner se auto-limito en la potestad presidencial de nominar candidatos a la Corte Suprema, para inaugurar un inédito procedimiento de participación popular, que debía tener en cuenta además de los atributos profesionales y morales de los nominados, principios como la  diversidad de género, especialidad y procedencia regional  en la designación de los Jueces de la Corte Suprema de Justicia, este decreto al no ser derogado por Macri tiene plena vigencia y convierte en inoficiosas las polémicas y autoritarias designaciones.

El Decreto 222/03 significa un avance institucional que fue dejado de lado por un presidente con idéntica procedencia geográfica que Mitre (Capital Federal), quien siguiendo el ejemplo de los dictadores Aramburu, Onganía y Videla, entre otros, designa por sí y ante sí a miembros del máximo tribunal de justicia.

Los argentinos todavía recordamos el discurso de asunción del presidente Macri prometiendo una justicia independiente y mayor calidad institucional.

Fueron nombrados «De comisión».

Los interrogantes surgen: Porque el apuro del presidente por completar «en comisión» la suprema corte, sin poner en consideración la trayectoria de los abogados, donde la urgencia de hacerlo por decreto? Porque no respetar el método republicano e institucional para que se los designe?

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