Judiciales

Le dieron 15 años de prisión por abusar de su hija de 2 años

Puerto Madryn - Fue el primer juicio presencial durante la pandemia. En una calificación inédita, el hombre fue condenado con el agravante de "violencia de género". La muestra de ADN fue clave. Para el fiscal, "ante estos casos cualquier pena parece poca, pero estamos conformes con que se confirme la condena".

Los camaristas Leonardo Pitcovsky, Rafael Lucchelli y Flavia Trincheri confirmaron hoy la condena contra un hombre de 26, actualmente alojado en el Instituyo Penitenciario Provincial, por el abuso sexual de su hija de dos años.

La sentencia a quince años de prisión fue por “abuso sexual con acceso carnal, agravado por el vínculo, en la modalidad de delito continuado y en contexto de violencia de género”. La causa la llevó adelante el fiscal Daniel Báez junto a la funcionaria Anya Pucheta (foto), y el agravante de violencia de género en un caso de abuso a una hija no había sido utilizada anteriormente.

Báez sostuvo que “la Cámara ha realizado un trabajo integral ante la magnitud del hecho, analizando el expediente y confirmando la condena en todas sus partes. Resulta infructuoso pensar que esto pueda aliviar de algún modo el padecimiento de la niña y su familia, pero la conducta investigada ha tenido su consecuencia y se ha logrado una condena”. “En este tipo de delitos -agregó el fiscal jefe de Puerto Madryn-, donde la víctima es una niña de dos años, uno quisiera que jamás ocurrieran y cualquier pena parece poca. Pero la sentencia de 15 años de prisión está más cerca del máximo, por lo cual la Fiscalía está conforme”.

El caso

La denuncia la realizó la madre de la nena. Los protocolos de abuso sexual infantil realizados por los profesionales médicos fueron positivos, dando cuenta de signos de abuso sexual infantil crónicos. E incluso se halló en el allanamiento un preservativo usado con ADN de él y su hija.

El hombre fue detenido y condenado. Si bien apeló la sentencia, la misma fue ratificada por la Cámara Penal. En su defensa, dijo que lo había usado para inflar como un globo. Pero los camaristas desestimaron el argumento.

En su fallo, el camarista Leonardo Pitcovsky dijo que “Las conclusiones de Basso (n: genetista Néstor Basso, del Conicet) son precisas. En el preservativo se hallaron restos de ADN de la menor y de su padre. Con esta prueba incuestionable, no es posible abordar, como lo pretende el Defensor, un escenario de juego en su casa entre su ex esposa y la niña inflando dicho objeto como un globo, puesto que la mujer no recordaba que ello hubiera ocurrido, sin poder explicar de ninguna manera cómo es que contenía su propia huella genética”. Respecto a los protocolos, el juez fue contundente: “El posterior dictamen de las médicas ha sido concluyente, cuando determinaron que la niña había sido accedida carnalmente (…). De dichas aseveraciones, se evidencia que la menor fue abusada sexualmente. Ello, no pudo ser rebatido de ninguna manera, por lo que la fase relacionada a la acaecencia de los hechos, se encuentra absolutamente comprobada”. “Ha sido sin duda un delito cometido en varias oportunidades por el inculpado, valiéndose de la soledad y la consecuente incomunicación de la niña. El daño físico será irreversible, también psicológico, sin dudas”, cerró el magistrado.

La Juez Flavia Trincheri, en la misma línea, coincidió que los jueces que dictaron sentencia “con justeza se alejaron del mínimo previsto en ocho años teniendo en cuenta la corta edad de la menor, el daño permanente físico y psíquico, las lesiones sufridas, la cronicidad de los acometimientos y que fue cosificada, utilizada como objeto sexual por su padre constituyendo tal accionar violencia de género”.

Finalmente, el tercer camarista, Rafael Lucchelli, cerró que “continuando con el plexo probatorio producido en debate, se desprende que, en la primera etapa larval de la investigación, y luego del examen médico que arrojara resultado positivo de abuso sexual, la fiscalía ordenó la detención y allanamiento en el domicilio así como el secuestro de elementos de interés para la causa”.

En su fallo, los camaristas rechazaron la impugnación y confirmaron la sentencia. El hombre continuará detenido y tiene la posibilidad de apelar ante el Superior Tribunal de Justicia.

Fuente
El Patagónico
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