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Hoy comienza el enjuiciamiento a Bernardi

Se inicia hoy el jury de enjuiciamiento por la conducta del camarista suspendido Juan Bernardi. El tribunal -que integra el Consejo de la Magistratura- analizará la acusación y, después, resolverá por la continuidad o la destitución del juez penal.

En realidad, este expediente se generó a partir de la acusación contra Bernardi en hechos de prostitución infantil. El caso tiene su propio tratamiento penal y el mismo fue elevado a juicio a fines de abril. Actualmente se está conformando el tribunal juzgador. Allí, Bernardi está imputado por “promoción de corrupción de menores”.

El enjuiciamiento, que comienza hoy a las 9, se focalizará en distintas “causales de mal desempeño y de graves desórdenes de conducta” del camarista suspendido, muchos de esos hechos ligados a la investigación penal. Incluso, la lista de testigos contempla a tres menores de edad.

Se trata del primer jury en los tribunales de Viedma. Las audiencias programadas son hoy, mañana y el jueves, eventualmente una cuarta jornada pasará a la próxima semana. Se prevé que Bernardi hable hoy para defenderse de las acusaciones, presentadas por el ministerio público, representado por la misma Procuradora, Silvia Baquero Lazcano.

Según la ley 2434, el debate será oral y público pero el Consejo resolverá -total o parcialmente- sesiones secretas por “razones de moralidad u orden público”.

En principio, el Consejo escuchará al “funcionario enjuiciado” y, después, se recibirán los testimonios, que inicialmente son 25 convocados. Al final serán los alegatos de las partes y, luego, el Consejo pasará a deliberar en “sesión secreta” para dictar sentencia, en un plazo “no mayor a los cinco días y deberá ser fundada”.

El artículo 45 precisa que si el fallo es condenatorio “no tendrá otro efecto que disponer la suspensión o remoción del enjuiciado e inhabilitarlo para ocupar en adelante otro cargo judicial”. En cambio, si la “sentencia fuera absolutoria, el imputado sin otro trámite se reintegrará a sus funciones. Contra el fallo no cabe recurso alguno”.

Los cargos

En su presentación de “mal desempeño y graves desórdenes de conducta”, la Procuradora consignó -en principio- dos hechos en la acusación al camarista: la relación y actuación judicial en referencia a Julio Antueque, en la causa elevada a juicio por “corrupción de menores”; y los encuentros con “menores de edad”.

En el informe detalló como hechos probados que durante un año “Bernardi empleó para prestar servicios remunerados en tareas de jardinería en su chacra particular a Antueque”, siendo esa conducta “incompatible con su función judicial” ya que cumplía “una condena en suspenso por amenazas”. Aún así, el juez, que “tenía pleno conocimiento de la situación de vulnerabilidad de aquel y sus antecedentes de adicción, le proporcionó bebidas alcohólicas”, hecho que lesionaba las pautas de conducta ordenadas para Antueque. Además, Lazcano dice estar acreditado que Bernardi “intervino de modo deliberado en el trámite de la causa contra Antueque, cuando ésta ya le correspondía a otro magistrado”.

En otro hecho, la acusación consideró también probado que Bernardi levantó en horario nocturno y en la vía pública (cercanías a la Terminal de Ómnibus) “a Antueque junto a diversas personas de las que debió suponer por un lado, su condición de menores de edad por su apariencia y contextura física y, por el otro, su situación de vulnerabilidad”, como también, por “tratarse de personas del entorno del condenado, cuya problemática era por demás conocida por el magistrado. Sin tomar los recaudos, los trasladó en su vehículo particular a su propiedad, regresándolos en horas de la madrugada en una actitud displicente y en clara contradicción a las que resultan esperables a su condición de juez”. (RN)

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