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El Gobierno publicó el decreto que prohíbe designar familiares de ministros en el Estado

El Gobierno Nacional publicó el decreto del presidente Mauricio Macri que establece la reducción de personal político del Estado, por el que deberán dejar sus cargos los familiares de funcionarios.

El gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial el decreto mediante el cual se limita la designación de familiares de funcionarios en el Estado. Se trata del 93/18 en el que establece, textualmente:

 

SECTOR PÚBLICO NACIONAL
Decreto 93/2018
Designación de personas con algún vínculo de parentesco. Criterios aplicables.
Ciudad de Buenos Aires, 30/01/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-05101956-APN-DSGA#SLYT, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional asumió el compromiso de continuar mejorando la
institucionalidad, la integridad y la transparencia de todas las políticas públicas que
lleva adelante.
Que en tal sentido se han dictado los Decretos Nros. 201/17 y 202/17 a fin de
promover la adopción de normas dirigidas a la preservación de la integridad de la
función pública.
Que se ha comprometido a un cambio continuo que incorpore normativa que
incremente la aplicación de los principios precedentemente mencionados.
Que transcurridos dos años de gestión, y efectuado un reordenamiento
administrativo que ha permitido mejorar la gestión global del Estado Nacional, resulta
ahora necesario adecuar nuevos criterios que sean aplicables al régimen de
designaciones bajo cualquier modalidad de funcionarios públicos.
Que ha tomado la intervención de su competencia el Servicio Jurídico pertinente.
Que el presente acto se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo
99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese que no podrán efectuarse designaciones de personas,
bajo cualquier modalidad, en todo el Sector Público Nacional, que tengan algún
vínculo de parentesco tanto en línea recta como en línea colateral hasta el segundo
grado, con el Presidente y Vicepresidente de la Nación, Jefe de Gabinete de
Ministros, Ministros y demás funcionarios con rango y jerarquía de Ministro. Quedan
incluidos el cónyuge y la Unión Convivencial.

ARTÍCULO 2°.- A los efectos del presente se considera Sector Público Nacional el
integrado por los entes detallados en el Anexo al presente artículo (IF 2018-
05118980-APN-JGM).

ARTÍCULO 3º.- Quedan exceptuadas de lo dispuesto en el artículo 1° las personas
designadas mediante procesos de selección por Concurso Público de antecedentes
o que cuenten con estabilidad en el cargo.

ARTÍCULO 4°.- Las personas cuyas designaciones a la fecha del presente se
encuentren alcanzadas por el artículo 1° deberán desvincularse antes del 28 de
febrero de 2018.

ARTÍCULO 5º.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su dictado.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. – MACRI. – Marcos Peña.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del
BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 31/01/2018 N° 5383/18 v. 31/01/2018
Fecha de publicación 31/01/2018

 

Anexos del decreto:

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